Condiciones generales de contratación

Las siguientes condiciones generales de viaje para viajes combinados, si se acuerdan efectivamente, son el contenido del contrato de viaje combinado entre el viajero y Frobeen Touristik GmbH como operador turístico. Complementan las disposiciones legales de los §§ 651a ay BGB (Código Civil) y los artículos 250 y 252 de la EGBGB (Ley de Introducción a la BGB) y los completan. Por lo tanto, las Condiciones Generales de Viaje no se aplican si el viajero no ha reservado un viaje combinado (pero, por ejemplo, los servicios de viaje asociados de acuerdo con la Sección 651w BGB). El viajero puede ser informado en consecuencia de manera diferente sobre esto.

1. Celebración del contrato de viaje combinado

1.1. Lo siguiente se aplica a todos los canales de reserva, ya sea a través de un agente de viajes, o directamente del operador turístico, por teléfono, en línea, etc.

• La base de las ofertas del turoperador son el anuncio de viaje y la información adicional proporcionada por el turoperador para el viaje respectivo, en la medida en que estén disponibles para el viajero en el momento de la reserva.
• Si el contenido de la confirmación de viaje del operador turístico difiere del contenido de la reserva, el operador turístico ha realizado una nueva oferta a la que está obligado por un período de 10 días. El contrato se concluye en base a esta nueva oferta, siempre que el turoperador haya señalado el cambio respecto a la nueva oferta y haya cumplido con sus obligaciones precontractuales de información y el viajero declare su aceptación al turoperador mediante declaración expresa. o implícitamente pagando un depósito sobre el precio del tour dentro del período vinculante.
• La información precontractual proporcionada por el organizador sobre las características esenciales de los servicios de viaje, el precio del viaje y todos los costos adicionales, las modalidades de pago, el número mínimo de participantes y las tarifas fijas de cancelación (de conformidad con el artículo 250 § 3 No .1, No. 3 a 5 EGBGB) solo entonces no formará parte del contrato de viaje combinado, siempre que así se haya acordado expresamente entre el viajero y el operador turístico.

El viajero es responsable de todas las obligaciones contractuales de los compañeros de viaje para los que realiza la reserva como por su propia cuenta, siempre que haya aceptado esta obligación mediante declaración expresa y separada.

1.2. Además de la reserva, que se realiza verbalmente, por teléfono, por escrito o por correo electrónico, se aplica lo siguiente:
• Con la reserva (registro de viaje), el viajero ofrece al operador turístico una conclusión vinculante del contrato de viaje combinado.
• El contrato se concluye cuando el operador turístico recibe la confirmación del viaje. Tras la celebración del contrato o inmediatamente después de la celebración del contrato, el operador turístico enviará al viajero una confirmación de viaje en un soporte de datos permanente que cumpla con los requisitos legales. Esto permite al viajero mantener la confirmación de viaje sin cambios o guardarla para que sea accesible para él dentro de un período de tiempo razonable, por ejemplo, en papel o por correo electrónico. El viajero tiene derecho a una confirmación de viaje en papel de conformidad con el Art. 250 § 6 Apartado 1 Cláusula 2 EGBGB si el contrato se celebró en la presencia física simultánea de ambas partes contratantes o fuera de los locales comerciales.

1.3. Lo siguiente se aplica a la celebración de un contrato para reservas en transacciones comerciales electrónicas (por ejemplo, aplicación de Internet, telemedia):

• El proceso de reserva electrónica se explica al viajero en la aplicación correspondiente.
• El viajero dispone de la correspondiente opción de corrección para corregir sus entradas, borrar o resetear todo el formulario de reserva, cuyo uso se explica.
• Se indican los idiomas de contrato ofertados para la implementación de la reserva electrónica.
• En la medida en que el operador turístico guarde el texto del contrato, informará al viajero sobre esto y sobre la posibilidad de recuperarlo posteriormente.
• Al hacer clic en el botón “Reservar con obligación de pago” o “Pedido con obligación de pago” o con una formulación comparable, el viajero ofrece al operador turístico la conclusión vinculante del contrato de viaje combinado.
• La recepción por parte del viajero de su registro de viaje se confirma inmediatamente por vía electrónica.
• Enviar el registro de viaje presionando el botón no da derecho al viajero a la conclusión del contrato de viaje combinado.
• El contrato solo se concluye cuando el viajero recibe la confirmación de viaje del operador turístico, que se realiza en un soporte de datos permanente. Si la confirmación del viaje tiene lugar inmediatamente después de presionar el botón "reservar con obligación de pago" o una redacción similar a través de la visualización directa correspondiente de la confirmación del viaje en la pantalla, el contrato de viaje combinado se concluye con la visualización de esta confirmación del viaje. En este caso, no es necesaria una notificación provisional de recepción de la reserva, siempre que se ofrezca al viajero la opción de guardarla en un soporte de datos permanente e imprimir la confirmación del viaje. Sin embargo, la naturaleza vinculante del contrato de viaje combinado no depende de si el viajero realmente utiliza esta opción para guardar o imprimir.
1.4. El operador turístico señala que de acuerdo con las disposiciones legales (§§ 312 Apartado 7, 312g Apartado 2 Cláusula 1, No. 9 BGB) para los contratos de viaje combinado de acuerdo con § 651a y § 651c BGB que se celebraron a distancia (cartas, catálogos, llamadas telefónicas, faxes, correos electrónicos, mensajes cortos enviados por teléfono móvil, SMS, así como servicios de radio, telemedia y en línea), no existe el derecho de desistimiento, solo el derecho legal de desistimiento y rescisión, en particular el derecho de desistimiento de conformidad con la Sección 651h del Código Civil Alemán (BGB). Sin embargo, existe un derecho de revocación si el contrato de servicios de viaje de acuerdo con § 651a BGB se ha celebrado fuera de los locales comerciales, a menos que las negociaciones orales en las que se basa la celebración del contrato se llevaron a cabo en la orden previa del viajero. como consumidor; en este último caso, no hay derecho de desistimiento (§§ 312g, párrafo 2, cláusula 1, núm. 9, cláusula 2 junto con § 320 BGB).

2. Zahlung

2.1. Los operadores turísticos y los agentes de viajes solo pueden solicitar o aceptar pagos sobre el precio del viaje antes del final del viaje combinado si existe un contrato de protección del dinero del cliente efectivo y se ha proporcionado el certificado de seguridad con el nombre y los datos de contacto de la compañía de protección del dinero del cliente. al viajero de una manera clara, comprensible y destacada. Después de la conclusión del contrato, se debe realizar un depósito del 20% del precio del viaje para el pago contra la entrega del certificado de seguridad. El pago restante se realiza normalmente 14 días antes del inicio del viaje, siempre que se haya entregado el certificado de seguridad.

2.2. Si el viajero no realiza el pago inicial y / o el pago restante del precio del viaje de acuerdo con las fechas de vencimiento de pago acordadas, aunque el operador turístico está listo y es capaz de proporcionar adecuadamente los servicios contractuales, ha cumplido con sus obligaciones legales de información y el viajero no tiene derecho legal o contractual de retención, el operador turístico tiene derecho a rescindir el contrato de viaje combinado después de un recordatorio con el establecimiento de una fecha límite y cobrar al viajero los costos de retiro de acuerdo con la sección 5.1. hasta el 5.6. para cargar.

3. Cambios en los servicios antes del inicio del viaje.

3.1. Las desviaciones de las características esenciales de los servicios de viaje del contenido acordado del contrato de viaje combinado, que sean necesarias después de la celebración del contrato y no fueron provocadas por el operador turístico de mala fe, están permitidas al operador turístico antes del inicio del viaje. , siempre que los cambios no sean significativos y no afecten el diseño general del viaje.

3.2. El operador turístico está obligado a informar al viajero sobre los cambios en el servicio inmediatamente después de tener conocimiento del motivo del cambio en un soporte de datos permanente, como por correo electrónico, SMS o fax, de manera clara, comprensible y resaltada.

3.3. En el caso de un cambio significativo en una característica esencial de un servicio de viaje o una desviación de los requisitos especiales del viajero, que se han convertido en parte del contrato de viaje combinado, el viajero tiene derecho a aceptar el cambio dentro de un período razonable establecido por el operador turístico al mismo tiempo que la notificación del cambio o para aceptar el cambio sin cargo. Retirar el contrato de viaje combinado o solicitar la participación en un viaje de reemplazo si el operador turístico ha ofrecido dicho viaje.

El viajero tiene la opción de responder al mensaje del operador turístico o no. Si el viajero reacciona al tour operador, puede aceptar el cambio de contrato, solicitar la participación en un viaje de reemplazo (si se le ofreció uno) o rescindir el contrato de forma gratuita. Si el viajero no responde al operador turístico o no responde dentro del plazo establecido, se considerará aceptado el cambio notificado. A continuación, el viajero figura en la declaración de conformidad con la sección 3.2. de forma clara, comprensible y destacada.

3.4. Cualquier reclamo de garantía no se verá afectado en la medida en que los servicios modificados sean defectuosos. Si el operador turístico tuvo costos más bajos para la implementación del viaje modificado o el viaje de reemplazo con la misma calidad, se reembolsará al viajero la diferencia de acuerdo con la Sección 651m (2) BGB.

4. Cambios de precio después de la celebración del contrato.

4.1. El operador turístico puede hacer aumentos de precio de hasta el 8% del precio del viaje si el aumento en el precio del viaje resulta directamente de un aumento después de la conclusión del contrato.

• Incremento en el precio del transporte de personas debido a mayores costos de combustible u otras fuentes de energía,
• Aumento de impuestos y otros cargos por servicios de viaje acordados, como impuestos turísticos, tasas portuarias o aeroportuarias o
• Cambio en los tipos de cambio aplicables al paquete en cuestión.

Los cambios resultantes en el precio del viaje acordado y modificado (diferencia) se calcularán de acuerdo con el número de viajeros, convertido a la persona y el precio del viaje incrementado proporcionalmente. Si el operador turístico no informa al viajero de manera clara y comprensible por correo electrónico, fax, SMS, en papel, etc.sobre el aumento de precio, los motivos y el cálculo a más tardar 20 días antes del inicio del viaje, el aumento de precio no es efectivo.

4.2. Si la cantidad especificada en la Sección 4.1. aumento del precio reservado del 8% del precio del viaje, el operador turístico no puede unilateralmente, sino solo bajo los estrictos requisitos de § 651g BGB. Puede ofrecer al viajero un aumento de precio correspondiente y exigir que el viajero lo acepte dentro del período razonable establecido por el operador turístico o que se retire del contrato de viaje de acuerdo con las disposiciones del § 651g BGB.

4.3. El viajero puede solicitar una reducción en el precio del viaje si y en la medida en que los elementos enumerados en 4.1. han cambiado los precios, impuestos o tipos de cambio mencionados después de la celebración del contrato y antes del inicio del viaje y esto conduce a costos más bajos para el operador turístico Si el viajero ha pagado más de la cantidad adeuda en virtud del presente, el operador turístico debe reembolsar la cantidad en exceso. El operador turístico puede deducir los gastos administrativos realmente incurridos del monto adicional a reembolsar. Previa solicitud, debe demostrar al viajero el monto de los gastos administrativos incurridos.

5. Cancelación por parte del viajero antes del inicio del viaje / costes de cancelación / viajero sustituto / solicitudes de cambio por parte del viajero

5.1. El viajero puede rescindir el contrato de viaje combinado en cualquier momento antes del inicio del viaje. La renuncia debe ser declarada al operador turístico. Si el viaje se reservó a través de un agente de viajes, el retiro también se puede declarar a este agente. Se aconseja al viajero que declare su baja en un soporte de datos permanente.

5.2. Si el viajero se retira antes del inicio del viaje, el operador turístico pierde el derecho al precio del viaje. En cambio, el operador turístico puede exigir una compensación adecuada si no es responsable del retiro o si ocurren circunstancias excepcionales en el destino o en sus inmediaciones que perjudican significativamente la implementación del paquete turístico o el transporte de personas al destino. Las circunstancias son inevitables y extraordinarias si no están bajo el control del operador turístico y sus consecuencias no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las precauciones razonables.

5.3. El monto de la compensación se determina por el precio del viaje menos el valor de los gastos ahorrados por el operador turístico y menos lo que adquiere a través de otro uso de los servicios de viaje. El monto de la compensación debe ser justificado por el operador turístico a solicitud del viajero. El turoperador ha determinado la siguiente compensación a tanto alzado, teniendo en cuenta el período entre la declaración de desistimiento y el inicio del viaje, así como los ahorros esperados en gastos para el turoperador y la adquisición esperada por otro uso del servicios de viaje. La indemnización se calcula según el momento de recepción de la declaración de desistimiento con el siguiente baremo de anulación:

Viajes aéreos con vuelos chárter o aéreos regulares:
Desde el día de la reserva hasta el día 30 antes del inicio del viaje: 40% del precio del viaje
Desde el día 29 hasta el día 22 inclusive antes del inicio del viaje: 80% del precio del viaje
Desde el día 21 hasta el día 15 inclusive antes del inicio del viaje: 85% del precio del viaje
Desde el día 14 hasta el día 8 inclusive antes del inicio del viaje: 87% del precio del viaje
Desde el día 7 hasta el día 4 inclusive antes del inicio del viaje: 90% del precio del viaje
desde el cuarto día hasta el primer día antes del inicio del viaje: 4% del precio del viaje
el día de salida: 95% del precio del viaje.

Viajes con barco compartido como viajes a las Islas Galápagos o Islas San Blas:
Desde el día de la reserva hasta el día 60 antes del inicio del viaje: 50% del precio del viaje
Desde el día 59 hasta el día 40 inclusive antes del inicio del viaje: 85% del precio del viaje
Desde el día 39 hasta el día 30 inclusive antes del inicio del viaje: 90% del precio del viaje
a partir del día 29 antes del inicio del viaje: 95% del precio del viaje.

5.4. En cualquier caso, el viajero puede demostrar que la compensación razonable a la que tiene derecho el operador turístico es significativamente más baja que la compensación a tanto alzado exigida por él.

5.5. El operador turístico se reserva el derecho de solicitar una compensación calculada individualmente en lugar de la compensación de tarifa plana anterior. En este caso, el turoperador está obligado a cuantificar y justificar específicamente la compensación requerida, teniendo en cuenta los gastos ahorrados y menos lo que adquiera por otro uso de los servicios de viaje.

5.6. Si el operador turístico se ve obligado a reembolsar el precio del viaje como resultado de un retiro, debe pagar de inmediato, pero en cualquier caso dentro de los 14 días posteriores a la recepción de la declaración de retiro.

5.7. El derecho legal del viajero, según § 651e BGB, de exigir al operador turístico mediante notificación en un soporte de datos permanente que un tercero asuma los derechos y obligaciones del contrato de viaje combinado, no se ve afectado por el contrato anterior. provisiones. En cualquier caso, dicha declaración es oportuna si el operador turístico la recibe a más tardar 7 días antes del inicio del viaje.

5.8. Después de la celebración del contrato, el viajero no tiene derecho a cambios con respecto a la fecha de viaje, el destino del viaje, el lugar de salida, el alojamiento o el tipo de transporte (cambio de reserva). Esto no se aplica si el cambio de reserva es necesario porque el operador turístico no ha proporcionado al viajero información precontractual no, insuficiente o incorrecta de acuerdo con el Art. 250 § 3 EGBGB; en este caso, el cambio de reserva es gratuito. Si, a petición del viajero, se lleva a cabo un cambio de reserva, el operador turístico puede cobrar una tarifa de cambio de reserva, como regla general

- hasta 90 días antes del inicio del viaje: 100,00 € por viajero
- hasta 45 días antes del inicio del viaje: 200,00 € por viajero
- hasta 32 días antes del inicio del viaje: 300,00 € por viajero.

Este cambio de reserva solo es posible hasta el día 32 antes de la salida. Las solicitudes de cambio de reserva por parte del viajero desde el día 31 antes del inicio del viaje, si es posible, solo se pueden realizar después de rescindir el contrato de viaje de acuerdo con la Sección 5.1. hasta el 5.6. se puede llevar a cabo bajo las condiciones allí y un nuevo registro al mismo tiempo. Esto no se aplica a las solicitudes de cambio de reserva que solo causan costos menores. Las tarifas de procesamiento, cancelación y cambio de reserva se deben pagar de inmediato.

6. Terminación por razones de comportamiento.

El operador turístico puede rescindir el contrato de viaje combinado sin observar un período de preaviso, si el viajero molesta persistentemente a pesar de una advertencia del operador turístico o si se comporta en contra del contrato hasta el punto que la cancelación inmediata del contrato está justificada. Esto no se aplica si el incumplimiento del contrato se debe a un incumplimiento de las obligaciones de información del operador turístico. Si el tour operador cancela, se reserva el derecho al precio del viaje. Sin embargo, se le debe acreditar el valor de los gastos ahorrados, así como los beneficios que obtiene del uso de los servicios no utilizados para otros fines, incluidas las cantidades acreditadas a él por los proveedores de servicios.

7. Obligaciones de cooperación de los pasajeros

7.1. Notificación de defecto / solicitud de reparación
Si el viaje no se ofrece libre de deficiencias de viaje, el viajero puede solicitar una acción correctiva. Si el operador turístico no pudo remediar la situación como resultado de un incumplimiento culpable de informar el defecto, el viajero no puede reclamar una reducción en el precio de acuerdo con § 651m BGB ni reclamar por daños y perjuicios de acuerdo con § 651n BGB.

El viajero está obligado a notificar al representante del operador turístico en el sitio de inmediato sobre su notificación de defectos. Si un representante del operador turístico no está disponible en el sitio y no se le debe contractualmente, el operador turístico debe ser informado de cualquier defecto de viaje en la dirección de contacto proporcionada por el operador turístico. La confirmación del viaje le informará sobre la disponibilidad del representante del operador turístico o su punto de contacto local.

Sin embargo, el viajero también puede llamar la atención de la agencia de viajes a través de la cual reservó el paquete turístico la notificación de defectos.

Se instruye al representante del operador turístico para que tome medidas correctivas, si es posible. Sin embargo, no está autorizado a reconocer reclamaciones.

7.2. Fecha límite antes de la terminación
Si el viajero desea rescindir el contrato de viaje combinado debido a una deficiencia de viaje del tipo descrito en § 651i, párrafo 2 BGB, si es importante, de acuerdo con § 651l BGB, primero debe establecer al operador turístico un plazo razonable para la reparación. acción. Esto solo no se aplica si el operador turístico rechaza el remedio o si se requiere un remedio inmediato.

7.3. Daños en el equipaje y retrasos en los viajes aéreos; Plazos de inscripción

• Se advierte al viajero que los daños en el equipaje y los retrasos relacionados con los viajes aéreos deben ser informados por escrito a la aerolínea responsable de forma inmediata de acuerdo con las normas de tráfico aéreo mediante un informe de daños ("PIR"). Las aerolíneas y los operadores turísticos pueden rechazar reembolsos sobre la base de acuerdos internacionales si no se ha completado el informe de daños. En caso de daños en el equipaje, la notificación de daños debe realizarse en un plazo de 7 días y, en el caso de equipaje retrasado, dentro de los 21 días posteriores a la entrega del equipaje.
• Además, el operador turístico, su representante o su punto de contacto o el agente de viajes deben ser notificados inmediatamente de la pérdida, daño o desvío / retraso del equipaje. Esto no exime al viajero de informar el daño a la aerolínea ("PIR") dentro de los plazos anteriores.

7.4. Los documentos de viaje
El viajero debe informar al operador turístico o su agente de viajes a través de quien ha reservado el paquete turístico si no recibe los documentos de viaje necesarios (por ejemplo, boleto de avión, cupón de hotel) dentro del período notificado por el operador turístico.

8. Limitación de responsabilidad.

8.1. La responsabilidad contractual del operador turístico por daños que no sean daños corporales y que no hayan sido causados ​​de manera culpable se limita a tres veces el precio del viaje. Cualquier otra reclamación en virtud de acuerdos internacionales o disposiciones legales basadas en los mismos no se verá afectada por la restricción.

8.2. El operador turístico no es responsable de las interrupciones del servicio, lesiones personales o daños a la propiedad en relación con servicios que solo se negocian como servicios de terceros (por ejemplo, excursiones) si estos servicios se indican expresamente en el anuncio de viaje y la confirmación del viaje como tercero. servicios de fiesta, indicando la identidad y la dirección del socio contratado claramente marcado que claramente no forman parte del paquete turístico del operador turístico y que fueron seleccionados por separado. Las secciones 651b, 651c, 651w y 651y BGB no se ven afectadas. Sin embargo, el operador turístico es responsable si y en la medida en que el daño al viajero fue causado por el incumplimiento de información, aclaración u obligaciones organizativas por parte del operador turístico.

8.3. El viajero tiene que hacer valer reclamaciones de acuerdo con § 651i Abs. 3 Nr. 2, 4 a 7 BGB contra el operador turístico. La afirmación también se puede hacer a través del agente de viajes si el paquete turístico se reservó a través de este agente de viajes. Se recomienda una afirmación sobre un soporte de datos permanente.

8.4. Con respecto a la ley de resolución de disputas de consumidores, el operador turístico señala que no participa en la resolución voluntaria de disputas de consumidores. Si la resolución de disputas del consumidor fuera obligatoria para el operador turístico después de que se hayan impreso estas Condiciones Generales de Viaje, el operador turístico informará al viajero de esto en la forma apropiada. El operador turístico se refiere a la plataforma europea de resolución de disputas en línea para todos los contratos de viaje celebrados en transacciones legales electrónicas: https://ec.europa.eu/consumers/odr/

9. Obligaciones de información sobre la identidad de la compañía aérea operadora

El reglamento de la UE sobre la información a los pasajeros sobre la identidad de la aerolínea operadora obliga al operador turístico a informar al cliente sobre la identidad de la aerolínea operadora de todos los servicios de transporte aéreo que se proporcionarán en el contexto del viaje reservado al realizar la reserva. Si la aerolínea operadora aún no se ha determinado en el momento de la reserva, el operador turístico está obligado a informar al viajero de la aerolínea o aerolíneas que probablemente operen el vuelo o vuelos. Tan pronto como el operador turístico sepa qué aerolínea operará el vuelo, debe informar al viajero. Si la aerolínea nombrada al viajero como la aerolínea operadora cambia, el operador turístico debe informar al viajero sobre el cambio. Debe tomar inmediatamente todas las medidas razonables para asegurarse de que el viajero sea informado del cambio lo antes posible. La lista de aerolíneas con una prohibición operativa de la UE (lista comunitaria) está disponible en el siguiente sitio web: https://ec.europa.eu/transport/modes/air/safety/air-ban/index_de.htm

10. Pasaporte, visa y regulaciones de salud

10.1. El operador turístico informará al viajero sobre los requisitos generales de pasaporte y visa, así como los trámites de salud del país de destino, incluidos los plazos aproximados para obtener las visas necesarias antes de que se concluya el contrato y cualquier cambio en ellas antes del inicio del viaje.

10.2. El viajero es responsable de obtener y llevar los documentos de viaje requeridos por las autoridades, las vacunas necesarias y el cumplimiento de las normas aduaneras y cambiarias. Las desventajas que se derivan del incumplimiento de esta normativa, por ejemplo el pago de los gastos de cancelación, son a cargo del viajero. Esto no se aplica si el operador turístico no informó, de manera inadecuada o incorrecta.

10.3. El turoperador no es responsable de la expedición oportuna y el acceso de las visas necesarias por parte de la respectiva representación diplomática si el viajero le ha encargado la contratación, a menos que el turoperador haya violado sus propias obligaciones.

11. Cláusula de separabilidad

La ineficacia de las disposiciones individuales del contrato de viaje combinado no da como resultado la ineficacia de todo el contrato de viaje combinado. Lo mismo se aplica a las condiciones generales de viaje anteriores para viajes organizados.

SOPORTE 01.03.2019

Operador turístico:
Frobeen Turismo GmbH
Hermann-Burster-Weg 6
D-79219 Staufen en Breisgau
Tel .: 0049-7633-93993-60
Director gerente: Christian Frobeen
info@frobeen.de
https://www.lateinamerika-spezialist.com
HRB Friburgo i.Br. 702199
UST ID: DE 233913469

Seguro de insolvencia, certificado de seguridad según § 651r BGB para:

R+V Seguros Generales Ltda.
Plaza Raiffeisen 1
65189 Wiesbaden
Tel: 0611-533-5859

Número de contrato: 050 90